Boda civil en España. ¿Qué paso tengo que dar?


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Son muchas parejas las que deciden casarse por lo civil frente a una boda religiosa, si ese es vuestro caso en este post os indicamos qué pasos  administrativos previos deberéis dar.
Es posible que tardéis un tiempo en solicitar todos estos documentos, por lo que os aconsejamos que comencéis hacerlo con tiempo para no agobiaros  con si llegarán o no todo los papeles a tiempo.
Lo primero es acudir al registro civil  a hacer la petición de matrimonio; allí os darán un listado de lo necesario para la entrevista con un testigo donde decidirán que no hay ningún impedimento para que esa boda pueda celebrarse :)
Deberéis aportar:

instancias y declaraciones juradas que os darán en ventanilla en el Registro Civil.

DNI, pasaporte o NIE en vigor , original y fotocopia.

Certificado literal de nacimiento  expedido hace menos de un año por el Registro Civil del lugar de nacimiento (las personas nacionalizadas deben aportar sólo el certificado de nacimiento español)
*AHORRARÉIS TIEMPO: Este paso lo podéis dar por internet en la página https://registros-civiles.org/tramitacion-de-certificado-de-nacimiento/  y el certificado os llegará en unos días a casa.

Solicitar un certificado de residencia en el padrón municipal  para justificar tu residencia de los últimos dos años; si ha sido en varias ciudades tendréis que pedir varios certificados en los padrones correspondientes. Este documento se recomienda solicitar una vez se tengáis en vuestro poder el resto de papeles porque sólo es válido durante 3 meses. Si durante esos últimos 2 años alguno de los dos habéis residido en el extranjero necesitareis un certificado del consulado.

Si ya estuviste casado/a  necesitarás acreditar papeles del matrimonio anterior y de la anulación o divorcio

Si eres viudo/a tendrás que presentar documentos del matrimonio anterior y certificado de fallecimiento del anterior cónyuge.

Si no eres español/a  te pedirán el certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería, según lo que establezca la ley de vuestro país.
Una vez reunáis los documentos os darán fecha en el Registro para que asistáis a una entrevista con un testigo donde os harán una serie de preguntas y confirmarán que todo está correcto (sobretodo para intentar evitar matrimonios de conveniencia)
INDEPENDIENTEMENTE de dónde tramitéis la solicitud del matrimonio la boda la podéis celebrar en el minicipio español que os apetezca :)
Es importante preguntar en el municipio donde queramos celebrar la boda si es necesario que sea en el ayuntamiento o si el alcalde o concejal se desplaza al lugar que os apetezca (depende directamente del propio municipio)
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Esperamos que os haya sido útil esa información para los que acabáis de decidir casaros, nuestra más sincera enhorabuena.
Por último deciros que nos hemos centrado  en las gestiones de la boda civil porque en el caso de una boda religiosa muchas veces os tramitarán los documentos desde la parroquia.
Muchas gracias por leer y hasta la semana que viene!!
*podeís encontar mucha más información en: http://www.registrocivil.es/inscripcion-de-matrimonio/

Fuente: este post proviene de Blog de amigadeunaamiga, donde puedes consultar el contenido original.
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